El pasado 9 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto 723/2026, que traspone la Directiva europea 2019/1152 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles. La norma entra en vigor el 5 de octubre de 2026 y amplía de forma notable la información que las empresas deben entregar por escrito a sus trabajadores, tanto en las nuevas contrataciones como en las relaciones laborales ya en marcha.

Si tienes una empresa activa con trabajadores este cambio te afecta directamente: la norma se aplica a todas las relaciones laborales de más de cuatro semanas sujetas al Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué información nueva hay que dar a los trabajadores?
- Sistemas algorítmicos o automatizados: si tu empresa usa herramientas de gestión automatizada (asignación de turnos, evaluación del desempeño, control de tareas), debes informar de su existencia y de cómo afectan a las condiciones de trabajo.
- Igualdad y protección frente al acoso: plan de igualdad vigente, protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, y medidas de igualdad LGTBI.
- Procedimiento de extinción del contrato: plazos de preaviso y procedimiento aplicable en caso de despido o fin de contrato.
- Periodo de prueba: duración exacta y obligaciones de ambas partes durante ese periodo.
- Salario y jornada: módulo de cálculo de los conceptos variables, criterios de percepción salarial y procedimiento para cambios de turno u horas extraordinarias.
- Formación: derecho del trabajador a la formación que la empresa esté obligada a proporcionar.
¿Y los contratos que ya están en marcha?
La norma no obliga a reescribir automáticamente todos los contratos vigentes, pero sí establece que, si un trabajador solicita esta información, la empresa dispone de 30 días hábiles para facilitársela por escrito. Lo más recomendable es no esperar a que llegue esa solicitud: revisar ahora los modelos de contrato y la documentación interna evita sorpresas y demuestra buena praxis ante una posible inspección.
¿Qué debe hacer tu empresa antes del 5 de octubre?
- Revisar los modelos de contrato que utilizas para incluir toda la información exigida.
- Comprobar si tienes plan de igualdad y protocolo contra el acoso, y si están correctamente documentados.
- Identificar si empleas algún sistema algorítmico en la gestión de personal (turnos automáticos, apps de fichaje con evaluación, etc.) y preparar la información correspondiente.
- Preparar un procedimiento claro para responder a las solicitudes de información de tus trabajadores dentro del plazo de 30 días hábiles.
Adaptarse a tiempo evita conflictos innecesarios y refuerza la seguridad jurídica de tu empresa. Si tienes dudas sobre cómo aplicar esta norma a tu caso concreto, contacta con nosotros y revisamos juntos tus contratos y documentación antes de que entre en vigor.